Te han despedido: tus derechos y los 20 días que tienes para actuar
Tienes 20 días hábiles para impugnar un despido. La indemnización por despido improcedente es de 33 días por año. Lo que debes saber y hacer.
Laddro Team

Que te despidan es una de las experiencias más estresantes que puedes vivir. Pero en España, los trabajadores tienen derechos sólidos. El problema es que muchos no los conocen, y eso les cuesta dinero.
Los tipos de despido
Despido disciplinario (artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores). La empresa alega que has incumplido gravemente tus obligaciones: faltas repetidas de asistencia, indisciplina, ofensas, transgresión de la buena fe contractual, embriaguez habitual. Si el despido se declara procedente, no hay indemnización. Si se declara improcedente, la empresa te paga 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
Despido objetivo (artículo 52). La empresa alega causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. La indemnización es de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. La empresa debe avisarte con 15 días de antelación y poner a tu disposición la indemnización en el momento de la comunicación.
Despido colectivo (ERE). Cuando el despido afecta a un número significativo de trabajadores, se tramita como expediente de regulación de empleo. Requiere negociación con los representantes de los trabajadores y comunicación a la autoridad laboral.
Los 20 días hábiles
Este es el plazo más importante que debes conocer: tienes 20 días hábiles desde la fecha del despido para presentar una papeleta de conciliación ante el SMAC (Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación) o el organismo equivalente de tu comunidad autónoma.
Si no presentas la papeleta en plazo, pierdes tu derecho a impugnar el despido. No hay excepciones. No hay prórroga. 20 días hábiles y se acabó.
La conciliación previa es obligatoria antes de ir a juicio. Es un intento de acuerdo entre tú y la empresa ante un mediador. Si no hay acuerdo, puedes presentar demanda ante el Juzgado de lo Social.
Qué hacer el día que te despiden
1. Lee la carta de despido con atención. Fíjate en la fecha de efectos, el tipo de despido alegado, y la indemnización ofrecida (si la hay).
2. Firma como "no conforme." Si te hacen firmar un documento, añade siempre "no conforme" junto a tu firma. Firmar no significa aceptar. Pero firmar sin "no conforme" puede complicar una impugnación posterior.
3. Inscríbete en el SEPE. Tienes 15 días hábiles desde el cese para solicitar la prestación por desempleo ante el SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal). No pierdas este plazo.
4. Consulta a un abogado laboralista. Muchos ofrecen primera consulta gratuita. Un profesional puede evaluar en minutos si tu despido tiene visos de ser declarado improcedente o nulo. Los servicios de orientación jurídica de los colegios de abogados también son una opción gratuita.
5. Presenta la papeleta de conciliación dentro de los 20 días.
Despido improcedente vs nulo
Improcedente: La empresa no ha justificado correctamente el despido. Puede elegir entre readmitirte o pagarte la indemnización de 33 días por año. En la práctica, casi siempre opta por pagar.
Nulo: El despido vulnera derechos fundamentales o se produce en situaciones protegidas (embarazo, reducción de jornada por cuidado de hijos, represalia por ejercer derechos). Si es nulo, la readmisión es obligatoria, con pago de los salarios dejados de percibir.
No te quedes paralizado
Un despido no es el final. Es un punto de inflexión. Usa Laddro para empezar a buscar incluso antes de que termine el plazo de preaviso. Las empresas valoran a los candidatos que gestionan las transiciones con profesionalidad.